Misión
“Auxiliar al Primer mandatario de la Nación en todos los asuntos que este le delegue, en el logro del programa de gobierno y la implementación de las políticas públicas priorizadas, mediante el ejercicio de la Secretaría Técnica del Consejo de Ministros y la coordinación con los distintos estamentos del Estado, para garantizar el ejercicio transparente, eficaz y eficiente de la Administración Pública, como fundamento del Estado Social y Democrático de Derecho”.
Visión
Ser referente nacional e internacional de gestión pública transparente, eficiente, eficaz, y moderna; con capacidad de coordinar y articular las acciones de las distintas entidades públicas para el cumplimiento de las metas, planes y compromisos del Presidente de la República y el Gobierno Central”
Valores
- Interés Nacional
- Transparencia
- Liderazgo
- Lealtad
- Integridad
- Compromiso con la Gestión de Gobierno
Funciones
- Ostentar, coordinar y controlar las actividades de los organismos o entidades que la Ley coloca bajo la dependencia del Poder Ejecutivo.
- Velar porque toda persona, comisión, oficina o institución encargada de alguna misión por el Presidente de la República, no colocada bajo la dependencia de otro Ministerio de Estado, llene su cometido.
- Supervisar el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Presidente de la República a los diversos organismos de la Administración Pública.
- Informar al Presidente de la República de todo cuanto juzgue necesario o conveniente para el buen ejercicio de las funciones de la Administración Pública, las instituciones autónomas y las demás entidades descentralizadas del Estado.
- Ostentar la representación del Presidente, en los casos en que éste se lo indicare.
- Cumplir las encomiendas que le haga el Presidente de la República, sobre asuntos de cualquier naturaleza.
Por su parte, la Ley Orgánica de Administración Pública, Ley núm. 247-12, le confiere las funciones siguientes:
- Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo de Ministros, y efectuar el seguimiento de las decisiones del Consejo de Ministros e informar periódicamente al Presidente de la República sobre el estado general de su ejecución y resultados. Coordinar los procesos de evaluación integral de la gestión pública y de resultados de las políticas públicas adoptadas por el Ejecutivo e informar de ello al Presidente de la República. (Art. 22).
- Ser uno de los órganos de planificación, dirección, coordinación y ejecución de la función administrativa del Estado, encargado, como el resto de los ministerios, de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios en la materia de su competencia. (Art. 24).
- Conducir el proceso de coordinación de la rendición de cuentas (Párrafo II, Art.29).
- Estar a cargo de los consejos consultivos de carácter transversal, intersectorial o inter-territorial, mediante adscripción. (Art. 35).
- Tener bajo su adscripción administrativa, todas las comisiones presidenciales e interministeriales, así como los comisionados. (Art. 36).
Política de Gestión de Servicios
En el Ministerio de la Presidencia estamos comprometidos con garantizar una efectiva gestión institucional y consecución misional de servir al primer mandatario de la Nación, a través de servicios tecnológicos de calidad, eficientes y disponibles a nuestros usuarios y demás partes interesadas mediante el cumplimiento de los requisitos acordados y normativos aplicables, apoyados en un personal calificado que mejora continuamente los servicios ofrecidos y el Sistema de Gestión de Servicios.