Misión
“Auxiliar al Primer mandatario de la Nación en todos los asuntos que este le delegue, en el logro del programa de gobierno y la implementación de las políticas públicas priorizadas, mediante el ejercicio de la Secretaría Técnica del Consejo de Ministros y la coordinación con los distintos estamentos del Estado, para garantizar el ejercicio transparente, eficaz y eficiente de la Administración Pública, como fundamento del Estado Social y Democrático de Derecho”.
Visión
Ser referente nacional e internacional de gestión pública transparente, eficiente, eficaz, y moderna; con capacidad de coordinar y articular las acciones de las distintas entidades públicas para el cumplimiento de las metas, planes y compromisos del Presidente de la República y el Gobierno Central”
Valores
1. Interés Nacional
2. Transparencia
3. Liderazgo
4. Lealtad
5. Integridad
6. Compromiso con la Gestión de Gobierno
Funciones
1. Ostentar, coordinar y controlar las actividades de los organismos o entidades que la Ley coloca bajo la dependencia del Poder Ejecutivo.
2. Velar porque toda persona, comisión, oficina o institución encargada de alguna misión por el Presidente de la República, no colocada bajo la dependencia de otro Ministerio de Estado, llene su cometido.
3. Supervisar el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Presidente de la República a los diversos organismos de la Administración Pública.
4. Informar al Presidente de la República de todo cuanto juzgue necesario o conveniente para el buen ejercicio de las funciones de la Administración Pública, las instituciones autónomas y las demás entidades descentralizadas del Estado.
5. Ostentar la representación del Presidente, en los casos en que éste se lo indicare.
6. Cumplir las encomiendas que le haga el Presidente de la República, sobre asuntos de cualquier naturaleza.
Por su parte, la Ley Orgánica de Administración Pública, Ley núm. 247-12, le confiere las funciones siguientes:
1. Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo de Ministros, y efectuar el seguimiento de las decisiones del Consejo de Ministros e informar periódicamente al Presidente de la República sobre el estado general de su ejecución y resultados. Coordinar los procesos de evaluación integral de la gestión pública y de resultados de las políticas públicas adoptadas por el Ejecutivo e informar de ello al Presidente de la República. (Art. 22).
2. Ser uno de los órganos de planificación, dirección, coordinación y ejecución de la función administrativa del Estado, encargado, como el resto de los ministerios, de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios en la materia de su competencia. (Art. 24).
3. Conducir el proceso de coordinación de la rendición de cuentas (Párrafo II, Art.29).
4. Estar a cargo de los consejos consultivos de carácter transversal, intersectorial o inter-territorial, mediante adscripción. (Art. 35).
5. Tener bajo su adscripción administrativa, todas las comisiones presidenciales e interministeriales, así como los comisionados. (Art. 36).
Política del Sistema de Gestión de Servicios de TI
En el Ministerio de la Presidencia estamos comprometidos con garantizar una efectiva gestión institucional y consecución misional de servir al primer mandatario de la Nación, a través de servicios tecnológicos de calidad, eficientes y disponibles a nuestros usuarios y demás partes interesadas mediante el cumplimiento de los requisitos acordados y normativos aplicables, apoyados en un personal calificado que mejora continuamente los servicios ofrecidos y el Sistema de Gestión de Servicios.